¿Cuáles son los tipos de despido laborales que existen?

El despido no es algo que sea del agrado de las personas, sobre todo cuando se trata desde el punto de vista laboral. De hecho, es posible que te hayan despedido y no tengas ni la más mínima la razón de tu despido.

Debido a esto, traemos un artículo donde te hablaremos de forma concreta sobre ¿Qué es un despido?, ¿Cuáles tipos de despido hay?, y ¿Cuándo se llevan a cabo?

¿Qué es un despido?

Para comenzar con una buena base, hablaremos sobre el despido, y es que esta acción se define como la decisión que toma el empresario para darle fin a una relación laboral que mantiene con alguna persona en específico dentro de la empresa.

Son muchas las razones desde el punto de vista legal, las que pueden dar pie al despido de una persona dentro de su área laboral, y es por esto que hablaremos sobre cuáles son los tipos de despido. Por lo tanto, ahora podremos entender un poco más, que este asunto no es algo que se pueda tomar a la ligera, ya que existen condiciones legales que no permiten realizar acciones de este tipo de forma deliberada.

despido procedente

Tipos de despidos laborales

Son 3 tipos de despidos los que están presentes al momento de determinar cuál es la razón de culminar la relación con el trabajador de una empresa. Estos tipos de despidos son: Despido Disciplinario, Despido Objetivo y Despido Colectivo.

Despido Disciplinario

Comenzaremos con el despido de tipo Disciplinario, ya que este es el caso que se presenta con más frecuencia en las empresas. Este despido es aquel que se lleva a cabo cuando el empleador toma la decisión de extinguir el contrato con el empleado debido a algún incumplimiento grave estipulado de acuerdo a las leyes del país.

En el caso de España, Todas las faltas que se consideran como graves para justificar un despido están escritas en el artículo 54 del Estatuto de trabajadores y estas son:

  • La impuntualidad o falta de asistencia de forma consecutiva e injustificada por parte del trabajador.
  • Indisciplina o desobediencia a las leyes, normas y órdenes de la empresa y sus superiores.
  • Hacer incumplimiento de la buena fe del contrato y abusar con la relación laboral en temas de confianza.
  • Ofender verbal o físicamente a los compañeros de la empresa o a sus superiores.
  • Reducción voluntaria y continua del rendimiento y la productividad referente a su cargo y su puesto de trabajo.
  • Presentarse en la empresa dentro de las horas laborales en estado de intoxicación o embriaguez, repercutiendo de forma negativa el desempeño en sus actividades laborales diarias y pudiendo colocar el riesgo la integridad física y mental de sus compañeros de trabajo o superiores.
  • Realizar actos de acoso sexual y laboral por razones de orientación sexual, religión, raza, edad, etnia, discapacidad o género.
carta de despudi

Toma cuenta, que las causas mencionadas anteriormente son reflejadas por el artículo 54 del Estatuto de los trabajadores, por lo que dependiendo del lugar en el que estés trabajando serán aplicadas otro tipo de normas.

Cada empresa tiene sus propias normas internas y sus acuerdos colectivos, los cuales deberán ser expuestos al momento de que un trabajador firme su contrato. Por lo tanto, es posible que existan muchas razones más que estarán en consideración como faltas graves y darán un motivo de despido disciplinario.

Despido Objetivo

El despido objetivo, aunque no se utiliza tanto como el despido disciplinario. Cuando se utiliza el despido objetivo se exponen razones económicas, técnicas, productivas u organizativas que interfieren con el correcto funcionamiento de la empresa. Las causas que motivan este tipo de despido están estipuladas en el caso de España, dentro del Estatuto de los Trabajadores y son las siguientes:

  • Incapacidad para realizar las tareas que le asignan de acuerdo a su área y puesto de trabajo.
  • Incapacidad para adaptarse al área o puesto de trabajo asignado o falta de adaptación en las modificaciones.
  • Causas que estén ligadas al artículo 51. 1 del Estatuto de Trabajadores. Estas causas aparecen también cuando se encuentra presente el despido colectivo.
  • Faltas de asistencia que la ley y la empresa considere como justificadas. Faltas que se muestran de forma intermitente, llegando a un 20% durante 2 meses consecutivos o el 25% durante 4 meses discontinuos. Siempre y cuando todas las inasistencias en el año anterior estén por encima del 5% del total de jornadas hábiles.

Dentro de estas causas no entran las faltas que deriven de la aplicación de un tratamiento médico debido enfermedades graves. Así mismo las huelgas legales convocadas, las urgencias de paternidad o maternidad, por motivo de lactancia y la no presentación por riesgo durante el embarazo u otras faltas que la ley exonere.

En caso de que el despido esté causado por una falta objetiva, se podrá obtener el derecho a una indemnización de 20 días de salario. Esto será por cada año que trabajó en la empresa, con un máximo de 12 meses, aunque haya trabajado más de 12 años.

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Despido Colectivo

El despido de tipo colectivo también es conocido como el Expediente de Regulación de Empleo de extinción o por sus siglas ERE de extinción. Este tipo de despido se lleva a cabo cuando el empleador toma la decisión de dar de baja los contratos de varios empleados por causas objetivas.

Para que un despido pueda llegar a ser considerado como colectivo se deben cumplir las siguientes características:

  • Deben ser despedidos no menos de 10 trabajadores en una empresa con una nómina con 100 empleados o un poco menos.
  • Cuando se despide a una cantidad de trabajadores que representen el 10% del total de trabajadores de la empresa cuando existen entre 100 y 300 personas en la nómina general.
  • Al momento de despedir a más de 30 personas dentro de una empresa que cuenta con una cantidad de trabajadores de 300 en adelante.

Un dato importante que se debe saber en caso de algún despido colectivo, es que todos aquellos afectados por esta acción tendrán por ley el derecho a gozar de una indemnización de 20 días de salario por cada año que el trabajador estuvo activo dentro de la empresa, con un límite de pago de 12 meses.

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Por otro lado, algo que también es importante dentro del tema de los despidos, es que existen despidos procedentes, improcedentes y nulos. A continuación te hablamos sobre cada uno de ellos:

Despidos nulos, Despidos procedentes y despidos improcedentes

Antes de explicar que son estos términos, es importante resaltar que no son despidos en sí mismos, estos se consideran una subdivisión de los despidos disciplinarios, objetivos o colectivos.

Estas subdivisiones surgen debido a que todo trabajador tiene el derecho a reclamar de forma jurídica el despido que se le está haciendo. Además, será un juez la persona que se encargará de dar calificación positiva o negativa al reclamo.

Una vez sabiendo esto, pasamos a las subdivisiones de los tipos de despido:

Despido Nulo

Un despido solamente podrá ser considerado como nulo cuando la causa esté relacionada con discriminaciones que prohíban las leyes o decretos vigentes para cada país.

Si el despido llega a presentar alguna de las circunstancias anteriormente mencionadas, la reincorporación del empleado será inmediata. Además, la empresa deberá pagar un bono correspondiente a todos los meses que no haya trabajado la persona debido al despido.

Despido procedente

El despido procedente se da cuando el dueño de la empresa logra acreditar a través de pruebas las razones por la cual ha sido despedido el empleado. En caso de que las pruebas sean válidas, la empresa no tendrá necesidad alguna de dar a su ex empleado algún tipo de indemnización. Ahora, en caso de que se trate de un despido objetivo, la indemnización será procedente y el empleador deberá pagar a su ex empleado 20 días de salario por cada año trabajado con un tope de 12 meses de pago.

Despido Improcedente

Este tipo de despido es totalmente lo contrario al despido procedente. Ocurre cuando el empresario no es capaz de demostrar ante un juez el incumplimiento laboral por parte del trabajador. También se da cuando el empleador, al momento de realizar el despido, lo hace sin el cumplimiento de los requisitos formales que establece la ley.

¿Qué ocurre cuando un juez determina un despido improcedente?

Cuando un Juez determina que un despido es improcedente ocurren 3 situaciones:

  • El empleado deberá ser reincorporado nuevamente en la empresa bajo el mismo cargo en el que se encontraba y bajo las mismas condiciones laborales que tenía.
  • Será indemnizado con un pago de 45 días laborados por cada año trabajado en la empresa. Esto solo en caso de que sus servicios hayan sido prestados antes del 11 de febrero del 2012.
  • Será indemnizado con un pago de 33 días laborados por cada año trabajado en la empresa. Esto en caso de que sus servicios hayan sido prestados después del 11 de febrero del 2012. El importe de indemnización no podrá superar los 720 días de salario a menos que los cálculos realizados se hayan hecho con periodos de tiempo antes del 11 de febrero de 2012 y después de esa fecha. Además, si esto ocurre, el cálculo no podrá exceder las 42 mensualidades.

Es importante que tengas presente, que estas 2 últimas situaciones solo aplican para España debido a la entrada en Vigor del Real Decreto-ley 3/2012, de 10 de febrero, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral).

Con toda esta información sobre los despidos ahora sabrás cuáles son tus derechos y cuáles han sido las causas en caso de que te ocurra. Tú qué opinas, ¿Son las leyes de despido injustas para los trabajadores?

A continuación te dejamos un video para reforzar lo que te hemos contado.

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